Como si de un crimen se tratara, algunos sectores de la vida nacional acusan al embajador de los Estados Unidos, señor James Wally Brewster, de promover en el país una agenda LGBT. Por esta razón se ha llegado a pedir el retiro de su cargo en carta formal dirigida al Presidente Barack Obama. Incluso la Conferencia del Episcopado, conformada por obispos que actúan “como pastores de la República Dominicana” piden al gobierno, en comunicado público, “elevar una protesta formal al Gobierno de los Estados Unidos acerca de las extralimitaciones de su embajador en tierra dominicana”.
Las extralimitaciones aducidas consisten esencialmente en :i) el hecho de que el señor Brewster no oculta su condición de homosexual, ii) que, en consecuencia, acude a eventos oficiales acompañado de su esposo y iii) haber desplegado acciones concretas de apoyo al movimiento LGBT en el país.
Partiendo del supuesto de que el Estado dominicano se rige por una Constitución que le impone como su función esencial “la protección efectiva de los derechos de la persona” (art. 8) y que dispone que tanto el Estado como la propia Constitución se fundamentan en el respeto a la dignidad humana (artículos 5, 7, 38), se impone reflexionar sobre algunas preguntas. ¿Es ilegal la homosexualidad en nuestro país? ¿Están legalmente obligados los miembros de la comunidad LGBT a mantener oculta su condición o preferencia? ¿Cuál es el fundamento jurídico para intentar impedir la promoción pública y activa de la agenda LGBT?
Ningún texto legal prohíbe la homosexualidad y, si existiera, el principio constitucional según el cual las leyes solo pueden prohibir lo que perjudica a la comunidad lo convertiría en inconstitucional. Que a nadie se le puede impedir lo que la ley no prohíbe, y que las leyes solo pueden prohibir lo que causa un daño a otros (art. 40.15 CD) resume la vieja definición de libertad consagrada con firmeza en el artículo 4 de la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano: “la libertad consiste en poder hacer todo lo que no perjudique a los demás”.
La Constitución dominicana permite a toda persona llevar a cabo su vida en los términos que mejor considere, tanto el ámbito público como privado, con la única condición de no limitar los derechos de los demás. Pretender que se mantenga oculta la preferencia o condición sexual de una persona constituye un quebrantamiento inequívoco de su dignidad, la cual supone la posibilidad de decidir libremente el tipo de vida que mejor valora, y llevarla a cabo en los mismos términos que lleva la suya el resto de los miembros de la comunidad: libremente.
El impulso de la agenda LGBT es absolutamente consistente con el sistema constitucional dominicano que postula la libertad, la igualdad, la dignidad humana y libre desarrollo de la personalidad como derechos fundamentales de todas las personas. Esa agenda es apenas capítulo en la dilatada escritura de las luchas por los derechos que ha acompañado por siglos a las sociedades occidentales. En ella resuenan los ecos de las sufragistas, cuya lucha por el derecho al voto de las mujeres nació con la Revolución Francesa. Esa agenda prosigue, son sus propios intereses, el reclamo de igualdad de los negros en los Estados Unidos, en los tiempos duros de la contienda por los derechos civiles, así como la centenaria travesía de los pueblos originarios de nuestra América por conservar sus tradiciones, su lengua y sus mitos fundacionales, como los han tenido todas las sociedades que en el mundo han sido. En palabras de Rudolf Von Ihering, se trata de un acto, en el dramático escenario de la lucha por el derecho.
En palabras de Isaiah Berlin, la agenda LGBT apunta al “deseo por parte del individuo de ser su propio dueño”. De querer “que mi vida y mis decisiones dependan de mí mismo, y no de fuerzas exteriores, sean estas del tipo que sean. Quiero ser el instrumento de mí mismo y no de los actos de voluntad de otros hombres. Quiero ser sujeto y no objeto, ser movido por razones y por propósitos conscientes que son míos, y no por causas que me afectan, por así decirlo, desde fuera. Quiero ser alguien, no nadie; quiero actuar, decidir, no que decidan por mí; dirigirme a mí mismo y no ser movido por la naturaleza exterior o por otros hombres como si fuera una cosa, un animal o un esclavo incapaz de representar un papel humano; es decir, concebir fines y medios propios y realizarlos”.
Periódico Hoy Grupo Corripio
0 comentarios:
Publicar un comentario