martes, 10 de abril de 2018

El TSA Conocerá medida cautelar para impedir construcción ilegal de Torre a orilla de la playa en Juan Dolió


El Tribunal Superior Administrativo (TSA) esta conociendo un solicitud de medida cautelar Introducida  en enero para impedir la que se construya  A 32 metros de la orilla del mar una torre de 121 apartamentos,  que los propios documentos emitidos por el Ministerio de Turismo (MI TUR) reconocen que viola las normas establecidas para esa zona turística.


 La información la ofreció el Lic. Patricio J. Silvestre Mejía quien representa en la solicitud a los señores Ángelo Carmelo Viro y Rosario Mañón de Viro, con una propiedad contigua y en cuyo nombre se hicieron gestiones ante ambos ministerios y ante la Presidencia de la República para mostrar el irrespeto a las violaciones a las regulaciones vigentes sobre el uso del espacio público en las áreas de playa y la construcción de edificaciones en Juan Dolio. La próxima audiencia es el miércoles 11 de abril.

 Las violaciones citadas atribuidas a la torre Le Parc Beach (LPB) en la instancia sometida al TSA incluyen el desconocimiento de la densidad habitacional permitida, ya que la resolución vigente de MITUR aprueba 400 habitaciones por hectárea (10 mil metros), yconsiderando el área de los dos solares involucrados que suman 2,344 metros el proyecto se excede en un 29% la norma.

Si sólo se considera el solar que considerando que está frente a la playa que sólo tiene 1,725 metros, las habitaciones que tienen los 121 apartamentos exceden en un 75% el límite establecido por MITUR en su resolución vigente emitida en marzo del 2007.

La instancia también refiere que el área que puede ser ocupada no debe superar el 30% del tamaño del solar, y en este caso si se consideran las dos propiedades la construcción ocupará el 69.5% del espacio, lo que excede en un 131% la norma; y si sólo se toma la parcela frente a la playa se utilizará para la torre el 94.4% del área, y esto lleva a superar lo autorizado en un 215%.  Los planos de la torre indican que tampoco se respetan los linderos que establece la resolución municipal. 

Las dos parcelas no son contiguas ya que están separadas por la carretera que pasa por el lugar. En cuanto a los 60 metros de la franja marítima reservada por la ley para uso público, el proyecto LPB fue favorecido con un decreto del Presidente de la República que le autoriza a usar 30 metros del espacio común, pero advierte que esta “condicionada a que el beneficiario haga un uso racional” de la franja marítima, y al “cumplimiento previo” de las normas y las medidas para preservar el medioambiente, que el la formulación usual para permitir algunas actividades y construcciones ligeras de uso turístico a los complejos hoteleros.

El Ministerio de Medioambiente en su carta de no objeción al uso del espacio público dice que las instalaciones a ser ubicadas allí por LPB “deben ser hechas con materiales ligeros a los fines de no agravar el impacto en la zona” (madera, ladrillo, bambú, paja y palma).

En la comunicación del tribunal se indica que la construcción penetra en el espacio público de 23 a 31 metros, una firma especializada comprobó que en esa franja se plantan estructuras que no son de materiales ligeros, y si columnas de hormigón y la torre de apartamentos. MITUR, en comunicación dirigida a la Presidencia de la República estableció que el proyecto sólo ocuparía 15 metros del espacio público para ubicar una piscina, asoleadero y un bar, y los restantes 45 metros serán “para uso público”. 

Igualmente destaca que MITUR ha establecido cómo mínimo de espacio para parqueo, 1.5 estacionamientos para autos por cada apartamento y 2 para los pent-house. Pero el proyecto LPB sólo contempla 149 parqueos y nos los 182 que establece el ordenamiento territorial.

La primera no objeción emitida por MITUR es de agosto del 2016; el uso del área pública de la playa fue autorizado por el decreto presidencial 332-17. Ante esta situación se sometió la reconsideración de la no objeción a MITUR, pero no se obtuvo respuesta alguna en violación a lo dispuesto en las regulaciones administrativas aplicables. También en febrero presentó una denuncia en Medioambiente sobre la construcción de columnas de hormigón en el área de uso público.

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